Desde la UEAC os aconsejamos leer atentamente la siguiente información sobre el uso de software ilegal a vuestras empresas.
Recientemente, los Juzgados penales números 11 y 31 de Madrid han dictado sentencias condenatorias contra los responsables de dos talleres. Estos tenían instalados a los ordenadores programas informáticos piratas que simulaban ser de las marcas Delphi y autofecha. En ambos casos, la pena impuesta es de seis meses de prisión, así como el pago de la correspondiente indemnización a los perjudicados.
Así mismo, el Juzgado penal n.º 1 de Vilanova i la Geltrú, condenó a tres meses de prisión a los dos responsables de la importación y comercialización de equipos de diagnosis falsificados, como autores de un delito contra la propiedad industrial.
La UEAC recomienda leer los siguientes puntos para evitar problemas por la adquisición o el uso de equipos o programas ilegales:
1-Los talleres somos responsables a efectos legales tanto de la utilización de productos falsificados (aunque disponemos de la factura de un proveedor), como de la distribución a otros profesionales de información adquirida para nuestro uso propio, puesto que está sujeta a derechos de propiedad intelectual y/o industrial y no puede ser transmitida a terceros. No cumplir la ley puede comportar importantes sanciones económicas e incluso penales.
2-Los talleres podemos vernos afectados desde el punto de vista técnico cuando utilizamos producto de origen dudoso. Hay casos documentados en los cuales, al utilizar software ilegal (incluso sin ser plenamente consciente de esto su usuario), se han causado desprogramacions totales de las centralitas, que han requerido el paso por servicios oficiales y el pago de facturas cuantiosas que han tenido que ser asumidas por el taller.
3-Si las copias ilegales masivas de equipos de diagnosis y software (información técnica, actualizaciones de códigos y catálogos electrónicos) continuaran extendiéndose en el mercado, los proveedores legales de este material podrían dejar de operar en el mismo por falta de rentabilidad. En este caso, la única vía de acceso a información sobre vehículos (necesaria para poder hacer ciertas operaciones de mantenimiento y reparación) sería la del constructor del vehículo con el que supone esto de riesgo de monopolio y sus consecuencias. Recordamos que la normativa europea vigente en materia de posventa (Reglamento 461/2010 y normas sobre emisiones contaminantes) subraya la importancia de estimular la competencia en el mercado de la reparación y mantenimiento de vehículos pero siempre en el marco de la legalidad vigente.
4-Los talleres tenemos que ser coherentes en la lucha contra la piratería en la misma medida que exigimos proactividad a las diferentes administraciones públicas competentes cuando denunciamos la competencia desleal de los cuales realizan actividades ilegales de reparación y mantenimiento de vehículos.
5-Decenas de talleres figuran como imputados en procesos judiciales por este tema. No es bueno para la imagen del sector y muy desagradable para profesionales que ven empañada su trayectoria profesional y la de sus empresas.
Cumplir la ley es una obligación de todos. Quien no lo hace se salta las reglas del juego y compite con desleal ventaja.
A continuación te enlazamos dos noticias de condenas a talleres por uso de software pirata.
NOTICIA 1: Condena por úso de programas informáticos piratas
NOTICIA 2: Condena responsables de comercialización software ilegal