Con fecha 14 de octubre de 2020, se publicó el Real Decreto-ley 902/2020, de 13 de octubre de Igualdad Retributiva entre mujeres y hombres, que establece medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y no discriminación entre hombres y mujeres en materia retributiva. Posteriormente a la publicación, se ha hecho pública la herramienta oficial de control para el registro de retribuciones.
Esta herramienta no es obligatoria, se puede hacer servir una alternativa siempre y cuando redoja los objetivos de la norma.
RECUERDA
Recuerda que el principio de igual retribución por trabajo de igual valor vincula a todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras, y a todos los convenios y acuerdos colectivos.
Se define como trabajo de igual valor aquel que realiza las mismas funciones con los mismos factores y condiciones laborales y exige los mismos requisitos profesionales o de formación para su realización.
Todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.
Dicho registro tiene por objeto garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones y un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas.
Esta obligación será efectiva a partir de los seis meses de publicación del RDL, 14 de octubre de 2020, momento en el que entrará en vigor, siendo esta fecha el próximo día 14 de abril de 2021.
El registro retributivo es un documento donde deberá recogerse toda la información salarial de la empresa de forma detallada, para mostrar de forma separada las retribuciones de hombres y mujeres de la plantilla.
El registro retributivo deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo, así como la media aritmética de lo realmente percibido por cada concepto en cada grupo profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación que se aplique.
Per veure el document oficial per al registre de retribucions, fes clic al següent enllaç: